Revocatoria de funcionamiento al Banco BPI, S.A.

 

En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela signada con el número 41.362 de fecha 16 de marzo de 2018, fue publicada por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, la resolución signada con el número 005.18 de fecha 30 de enero de 2018, mediante la cual revoca la autorización de funcionamiento de la Representación del BANCO BPI, S.A.,  en la República Bolivariana de Venezuela.

Otorga un plazo de 30 días continuos a partir de la publicación en la Gaceta Oficial de la república para finiquitar todas las operaciones inherentes a la referida representación, absteniéndose de realizar cualquier tipo de operaciones.

Contra la decisión, de conformidad con los artículos 230 y 236, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario podrá ejercer el Recurso de Reconsideración, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación o publicación en la Gaceta Oficial o el Recurso de Anulación ante cualquiera de los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa de la región Capital, dentro de los 45 días continuos siguientes a la notificación o publicación de la Gaceta Oficial de esta decisión, o de aquella mediante la cual se resuelva el Recurso de Reconsideración, si éste fuere interpuesto de acuerdo a los artículos 231 y 237 ejusdem.

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16 de marzo de 2018